Aprueban Informe de Comisión Mixta sobre proyecto que capitaliza TVN

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Los principales acuerdos corresponden a una capitalización por hasta 47 millones de dólares, durante un plazo máximo de hasta seis meses, contado desde la vigencia de esta ley


Por 62 votos a favor, 25 en contra y cuatro abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó el informe de la Comisión Mixta relacionado con el proyecto  que moderniza y capitaliza a Televisión Nacional de Chile (TVN), quedando en condiciones de pasar a consideración del Senado.

El texto dio cuenta de los acuerdos relativos a tres puntos en los cuales hubo discrepancias entre la Cámara y el Senado.

El primer punto resolvió la diferencia en torno al objeto de la empresa. El acuerdo pasa por establecer que TVN, “a través de la programación de sus señales y el desarrollo de sus actividades y las de sus filiales, deberá velar por la efectiva realización de su misión pública, que incluye promover y difundir los valores democráticos, los derechos humanos, la cultura, la educación, la participación ciudadana, la identidad nacional y las identidades regionales o locales, la multiculturalidad, el respeto y cuidado del medio ambiente, la tolerancia y la diversidad”.

El segundo aspecto apuntó a la conformación del directorio. Al respecto se determinó que dicha instancia estará conformado por siete miembros, designados de la siguiente forma:

a) Un director de libre designación y remoción por parte del Presidente de la República, cuya idoneidad garantice el debido pluralismo en el funcionamiento de la empresa, y que se desempeñará como presidente del Directorio.

b) Seis directores propuestos por el Presidente de la República al Senado para su aprobación. El Presidente hará la proposición en un solo acto, cuidando que el Directorio quede integrado en forma pluralista y paritario en cuanto a sexo.

El tercer acuerdo pasa por aceptar la introducción de un nuevo artículo en la Ley que define que “Televisión Nacional de Chile, mientras cuente con una concesión, deberá transmitir, mediante una señal televisiva especial, de libre recepción y distinta de la principal, contenidos educativos, culturales, tanto en su dimensión nacional como regional y local, tecnológica, científica e infantil”.

Luego, indica que esta señal de libre recepción deberá destinarse íntegramente a la transmisión de los referidos contenidos, especialmente de aquellos de producción nacional, y deberá cumplir las mismas condiciones de cobertura que su señal principal.

Por último, determina que la señal deberá contar con un presupuesto separado de las demás operaciones de la empresa.


Claves del proyecto

El proyecto modifica la Ley 19.132, que crea la empresa Televisión Nacional de Chile, de modo de posibilitar la ampliación de su giro y atribuciones empresariales.

En este marco se redefine su objeto, que será “operar y explotar servicios de televisión y de producción, emisión y transmisión de contenidos audiovisuales y de radiodifusión, cualquiera sea su formato, plataforma audiovisual o medio”. En general, se indica que “podrá realizar todas las actividades propias de una concesionaria de servicios de telecomunicaciones, de televisión, de radiodifusión sonora, de servicios intermedios de telecomunicaciones y de servicios audiovisuales, con iguales derechos, obligaciones y limitaciones”. Además, se incorpora el concepto de la misión pública ya mencionado.

Se determina, asimismo, que el pluralismo y la objetividad deberán manifestarse en toda su programación y, muy especialmente, en los noticieros, programas de análisis o debate político.

El texto indica también que la empresa deberá desarrollar un instrumento de planificación, denominado “Compromiso para el cumplimiento de la Misión Pública”, respecto del cual deberá rendir cuenta anualmente.

Luego, se determina la administración de la empresa por medio de un directorio, al tiempo que se definen la forma de designación de sus integrantes; los requisitos que deberán presentar dichas personas, así como las inhabilidades que los imposibilitarán para el cargo; las atribuciones, restricciones e incompatibilidades; la dieta que recibirán; y las causales de cesación en el cargo.

La propuesta legal regula el financiamiento de TVN, el cual deberá ser obtenido a condiciones de mercado y de manera transparente y competitiva. La empresa deberá informar anualmente al Ministerio de Hacienda sus presupuestos de operación e inversiones, los que serán exigibles para el procesamiento de sus solicitudes de endeudamiento.

Adicionalmente, se introducen consideraciones de carácter comercial y administrativo, así como la necesaria tutela fiscalizadora a través de la Comisión para el Mercado Financiero.

Se introduce, asimismo, el requerimiento ya citado de concretar una señal televisiva de carácter cultural y educativa; y la obligación anual, para el Directorio de la empresa, de dar cuenta pública ante el Senado.

Finalmente, entre otros puntos, se autorizan dos aportes en dinero de parte del Estado:

  1. Una capitalización por hasta 47 millones de dólares, durante un plazo máximo de hasta seis meses, contado desde la vigencia de esta ley, que se financiarán con activos financieros disponibles en el Tesoro Público. El aporte estará destinado a financiar exclusivamente los proyectos de inversión que se identifiquen y solo podrá ser entregado una vez que la empresa informe al Ministerio de Hacienda el Presupuesto de Inversiones.
  2. Destinar 18 millones de dólares para financiar la implementación y puesta en marcha de la señal cultural mencionada. El Ejecutivo tendrá un plazo de doce meses para realizar los aportes, contado desde que el Directorio de TVN apruebe la implementación de la señal.
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