Nicolás García: “La Ley de Delitos Económicos es una de las normas más duras que existen internacionalmente”

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El abogado y socio de García Parot, explica que, si bien esta ley distingue entre el tamaño de las empresas, todas están afectas a ella, considerando que se agregan al menos 200 delitos económicos más


Pasar de las controvertidas clases de ética —que hicieron palpables las diferentes justicias que existen en Chile y que dieron una sensación de impunidad— a penas de cárcel efectiva para quienes cometan delitos de cuello y corbata, es lo que viene a resolver la nueva Ley de Delitos Económicos, que entró en vigencia de manera gradual en agosto de 2023 y recientemente en septiembre de 2024.

Nicolás García, abogado y socio de García Parot, explica que, si bien esta ley distingue entre el tamaño de las empresas, todas están afectas a ella, considerando que se agregan al menos 200 delitos económicos más.


¿Cuáles son las implicancias y cuáles son los cambios importantes de esta nueva Ley de Delitos Económicos?

Los invito a preguntarse si esta Ley de Delitos Económicos se aplica a su empresa, porque la idea es que, después de esta conversación, les quede claro si se les aplica o no. Lo primero que quiero decir es que, para hablar de esta ley, debemos retroceder un poco y contextualizar por qué nace. La responsabilidad penal de las personas jurídicas, por ejemplo, está vigente en Chile desde el año 2009, donde las empresas responden por la comisión de ciertos delitos.

Sin embargo, con el tiempo, la sociedad se fue cansando de las conductas de algunas grandes empresas. Este descontento fue uno de los factores que detonaron el estallido social en 2019. Como resultado de ese estallido y la exigencia de la sociedad, se generó esta Ley de Delitos Económicos, que modifica las sanciones de manera significativa para quienes cometan este tipo de delitos de “cuello blanco”.

Lo que busca esta ley es que los delitos que antes se sancionaban con clases de ética, como algunos dicen, ahora se castiguen de manera más efectiva, es decir, que la cárcel sea una realidad. Esta norma endurece fuertemente las sanciones para este tipo de conductas delictivas.


¿Será efectiva la cárcel o seguiremos con clases de ética, o simplemente con prohibiciones como no salir del país?

Necesitamos terminar con la sensación de impunidad que existe respecto a ciertos delitos. Un ejemplo es el caso Hermosilla, donde debemos tener claro que esta Ley de Delitos Económicos no se aplica. Entonces, aunque pronto conoceremos la sentencia, la gente puede seguir sintiendo impunidad porque esta nueva ley no afecta este caso.

Para ser justos, esta es una norma dura, una de las más estrictas a nivel internacional. Una de las principales modificaciones tiene que ver con la determinación de las penas y sanciones, eliminándose algunas atenuantes y estableciéndose nuevas agravantes que endurecen las sanciones. En el caso Hermosilla, con la legislación anterior, que es la que se aplicará, una atenuante como la “irreprochable conducta anterior” podría reducir la pena. Si se aplicara la nueva ley, esa atenuante no podría usarse.

Entonces, cuando se cometan este tipo de delitos, desde agosto de 2023 para personas naturales y desde septiembre de 2024 para personas jurídicas, las sanciones serán más severas. Aun así, debemos esperar para ver cómo los tribunales aplicarán esta norma. Si esta ley es tan estricta, probablemente desincentive la comisión de delitos económicos. Sin embargo, en el caso Hermosilla, no se aplicará, lo que a primera vista podría parecer beneficioso para los involucrados.


En cuanto a las implicancias de la nueva ley, ¿cómo afecta a las distintos tipos de empresas?

Hubo varios cambios, pero quiero enfatizar en lo que considero más relevante. Primero, es un mito que esta ley se aplica a todo tipo de empresas, incluidas las microempresas. Ha habido confusión porque en una parte de la ley se mencionan siete tipos de empresas que están eximidas de responsabilidad penal en algunos delitos.

Cuando hablamos de exención de responsabilidad penal, nos referimos a que, aunque las empresas no pueden ir a la cárcel, pueden ser sancionadas duramente, incluso con la extinción de la persona jurídica. Por ejemplo, si una gran empresa comete este tipo de delitos, podría extinguirse como sanción, lo que es extremadamente grave.

Por eso, todas las empresas deben ser conscientes de que se les aplicará esta norma en mayor o menor medida. Las microempresas y pequeñas empresas están eximidas de ciertos delitos clasificados en categorías segunda, tercera y cuarta, pero se les aplican los de primera categoría, que son los considerados delitos económicos propiamente tales.

Un ejemplo es la corrupción entre particulares. Este delito económico puede aplicarse a una pequeña empresa, como en el caso de una licitación privada, donde puede haber corrupción entre proveedores y empresas más grandes. En ese caso, la pequeña empresa debe adoptar medidas para prevenir ese tipo de delitos. Para las medianas y grandes empresas que facturan más de 950 millones de pesos al año, se aplican todos los delitos de la Ley de Delitos Económicos.

Y aquí surge otro cambio importante: el catálogo de delitos pasó de aproximadamente 20 a más de 200, incluyendo delitos tributarios, aduaneros, laborales, bancarios, medioambientales, entre otros. Además, para que una empresa pueda eximirse de responsabilidad penal, debe contar con un modelo de prevención de delitos efectivamente implementado.


Revisar Entrevista completa aquí:


 

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