La solicitud es promovida por la diputada Nathalie Castillo (PC) y respaldada por las diputadas Lorena Pizarro, Carmen Hertz, Camila Musante, Maria Candelaria Acevedo, Ana María Gazmuri y los diputados Boris Barrera, Luis Cuello, Tomas Hirsch y Matías Ramírez
Por 68 votos a favor, 53 en contra y 13 abstenciones, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el Proyecto de Resolución (PR) que solicita al presidente de la República, Gabriel Boric, que las exoneradas y exonerados políticos puedan acceder de forma total a la Pensión Garantizada Universal (PGU)
La solicitud es promovida por la diputada Nathalie Castillo (PC) y respaldada por las diputadas Lorena Pizarro, Carmen Hertz, Camila Musante, Maria Candelaria Acevedo, Ana María Gazmuri y los diputados Boris Barrera, Luis Cuello, Tomas Hirsch y Matías Ramírez.
En lo particular, el documento remitido al Ejecutivo, a través de la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, Marcela Ríos y a la Ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannete Jara, solicita que los ex trabajadores/as de la administración pública que se vieron forzados a dejar sus lugares de trabajo por la dictadura cívico-militar puedan acceder al monto total que entrega el beneficio de la PGU.
Esto debido a que los y las ex funcionarias del Estado beneficiarios de la Ley de Prisión Política y Tortura (Ley N° 19.992) y de la Ley de Exonerados Políticos (N°19.234) – que entrega pensiones a ex presos políticos y exonerados respectivamente- deben cumplir una serie de requisitos para acceder de forma total a la Pensión Garantizada Universal.
En lo concreto, quienes reciban solamente las pensiones antes señaladas (junto a la ley N°18.056; N°19.123; N°19.980 y N°19.992) podrán acceder a un porcentaje de la PGU si el valor de ésta es mayor a la pensión percibida (el beneficio se calculará como la diferencia entre la PGU y las pensiones que recibe)
Además de esas pensiones, consiga el PR, quienes perciben una pensión de vejez o sobrevivencia de acuerdo al Decreto Ley N° 3500 podrán acceder a la PGU restando el monto de pensiones que recibe.
Finalmente, quienes accedan a cualquiera de esas pensiones señaladas por ley y además pensiones de régimen previsional administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS) podrán acceder al monto de la PGU que se le restará según el monto de pensiones que recibe.
“Si bien es cierto, no existe una incompatibilidad para que las personas pensionadas de leyes especiales (Leyes N° 18.056, N° 19.123, N° 19.234, N° 19.980 y N° 19.992), puedan optar a la Pensión General Universal”, expresó la diputada Castillo, “éstas deben cumplir con una serie de requisitos lo que provoca finalmente que no puedan optar a la PGU de manera total, sino que solo a un porcentaje lo que lleva a que deban renunciar a la PGU.
“Es relevante que el Estado proteja el derecho a pensiones justas y adecuadas permitiéndoles acceder a los montos que establece la PGU de manera total y no parcial, a fin de que puedan tener una vejez tranquila y se les permita vivir con dignidad” concluyó.