Central Unitaria de Trabajadores de Calama envió una misiva a diversas compañías del mundo minero, donde resaltan entre otros puntos que no se está cumpliendo el artículo 184 del Código del Trabajo que establece que el empleador debe resguardar la salud de las y los trabajadores
El Senador Pedro Araya se sumó a las críticas que realizó la Central Unitaria de Trabajdores (CUT) de Calama a través de una carta dirigida a Codelco, a las mineras privadas y empresas contratistas en el marco de la situación emergencia provocada por el coronavirus, expresando que “Nos parece irresponsable que los trabajadores de la minería sigan sus rutinas sin medidas de salud contundentes”.
En la misiva, se destaca que no se está cumpliendo el artículo 184 del Código del Trabajo que establece que el empleador debe resguardar la salud de las y los trabajadores.
“Lo más preciado para las empresas debería ser siempre su capital humano. Por eso, nos parece irresponsable que los trabajadores de la minería en Antofagasta sigan sus rutinas sin medidas de salud contundentes”. Así lo recalcó el senador por la región de Antofagasta tras conocer el contenido de una crítica carta emitida por la CUT-Calama, en la que se indica que dicha fuerza de trabajo sigue asistiendo a sus labores sin mayor protección sanitaria.
“Por ejemplo, según la información disponible, hay trabajadores que siguen viajando en buses por dos horas y en grupos de 40. Esto no es aceptable. Hay que buscar una solución inmediata”, agregó Araya.
“No sacamos mucho forzando la producción en este escenario de emergencia, porque si se generan contagios masivos y, en algunos casos críticos, las repercusiones pueden ser muchísimo más complejas y negativas”, aseguró el parlamentario.
Por su parte, el presidente de la CUT-Calama, concejal por Calama y firmante de la citada carta, José Mardones, destacó que “Estamos profundamente preocupados, porque vemos con mucha inquietud que tanto Codelco, como la minería privada y empresas contratistas, aún no son capaces de articular planes de contingencia para la protección de la salud de sus trabajadores ante la pandemia de Covid19. A nuestro parecer, tanto la mandante como contratistas no están aplicando el artículo 184 del código del trabajo”.
Dicha norma, en síntesis, enfatiza que el empleador debe resguardar la salud de las y los trabajadores. “Sólo están preocupados de generar producción por sobre la vida de los y las trabajadoras”, añadió Mardones.