La votación en particular del proyecto será en la sesión especial del lunes 17 de julio. En términos generales, la propuesta legal contempla los principios del nuevo sistema; las instituciones (nuevas y antiguas) que lo integrarán; la aplicación de la gratuidad, sus condicionantes para los establecimientos y estudiantes y el universo beneficiado; y los mecanismos y entidades encargadas de fiscalizar los distintos ámbitos
La creación del nuevo sistema de educación superior, sus instituciones dependientes y el mecanismo de financiamiento que comenzará a regir en este ámbito centrarán el debate de la Sala de la Cámara de Diputados, durante las próximas tres sesiones legislativas de la Corporación.
El tratamiento del articulado del proyecto se inició ayer, concentrándose todo el tiempo disponible de la sesión para este asunto. Lo mismo ocurrirá hoy, el miércoles 12, en tanto que se espera concluir con la votación el próximo lunes 17.
Tal como se define en su idea matriz, la iniciativa legal “tiene como propósito la creación y fortalecimiento de la institucionalidad del Sistema de Educación Superior, el aseguramiento de la calidad y resguardo de la fe pública, el fortalecimiento de la formación técnico profesional y la gratuidad en la educación superior”.
La propuesta legal define (según el texto de la Comisión de Educación) que “la educación superior es un derecho, cuya provisión debe estar al alcance de todas las personas, de acuerdo a sus capacidades y méritos, para que puedan desarrollar sus talentos; asimismo, debe servir al interés general de la sociedad y se ejerce conforme a las normas, condiciones y requisitos que se establecen en la ley y sus normas complementarias, a las garantías constitucionales y a los tratados internacionales ratificados por Chile, en el marco de un Estado democrático de derecho”.
A seguir, el proyecto especifica los diversos principios que deberán regir al sistema: autonomía; calidad; cooperación y colaboración; diversidad de proyectos educativos institucionales; inclusión; libertad académica; participación; pertinencia; respeto y promoción de los derechos humanos; transparencia; trayectorias formativas y articulación; y acceso al conocimiento.
Luego, define el rol y las características de las instituciones de educación superior (IES), es decir, de las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica; determina la composición del Sistema y la tutoría que sobre este ejercerá la Subsecretaría de Educación Superior y la fiscalización por parte de la Superintendencia de Educación Superior. En estos dos últimos casos, se determinan las normas para su creación, atribuciones y estructura.
El proyecto redefine al Consejo de Rectores y abre la opción a que este sea integrado por todas las universidades reconocidas por el Estado que lo soliciten, bajo determinadas condiciones.
Luego, se avanza en el sistema común de acceso a las IES, sus características generales y principios; la administración del mecanismo por parte de la Subsecretaría; programas especiales; y carácter obligatorio del instrumento para todas las instituciones que reciban recursos públicos y/o financiamiento estudiantil con la garantía del Estado.
También se regula la forma de organización de las instituciones de educación superior constituidas como personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro (entre otros, controlador, destino de los recursos, órgano de administración superior); y se determinan las normas que regirán el sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior, las instituciones que lo integrarán y sus funciones.
Financiamiento y matrícula
El proyecto, además, determina las coordenadas para el financiamiento institucional para la gratuidad; los requisitos de acceso; las limitantes en cada caso; los procedimientos y la entrega de los recursos; y obligaciones de las partes Por otra parte, también se norma el tema de los valores de aranceles, derechos básicos de matrícula y cobros por concepto de titulación o graduación. En este marco, asimismo, se define el papel que tendrá en la materia la nueva Comisión de Expertos para la regulación de aranceles.
Luego, la iniciativa regula la determinación de las vacantes máximas de estudiantes de primer año para instituciones de educación superior que reciban el financiamiento institucional para la gratuidad; así como las variables a considerar.
La propuesta también obliga a las instituciones de educación superior que accedan al financiamiento institucional a otorgar estudios gratuitos, de acuerdo a la condición socioeconómica de los estudiantes, conforme a determinados requisitos.
Finalmente, el proyecto avanza en un conjunto de normas adecuatorias y en un amplio marco de disposiciones transitorias que, en lo principal, definen la entrada en vigencia de la ley y de las diversas instituciones aquí establecidas.