Ordenan a Subsecretaría de Economía entregar memoria de Colún

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Consejo para la Transparencia acogió solicitud ya que la Cooperativa Agrícola y Lechera La Unión Ltda., no informa, entre otros contenidos, las ventas netas y desglosadas por agencias, exportaciones, niveles de recolección o recepción, cantidad de estanques y porcentaje de leche que reciben las plantas de procesamiento de la empresa, además de temas de investigación agraria


El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo en contra de la Subsecretaría de Economía, ordenando la entrega de la memoria de la Cooperativa Agrícola y Lechera La Unión Ltda., Colún, omitiendo información de carácter comercial y datos personales que estén consignados en el documento.

La resolución del CPLT solicita tarjar entre otros contenidos los relativos a las ventas netas y desglosadas por agencias, exportaciones, niveles de recolección o recepción, cantidad de estanques y porcentaje de leche que reciben las plantas de procesamiento de la empresa, temas de investigación agraria, entre otros. Así también los datos personales e imágenes que permiten identificar a personas contenidas en el documento.

La solicitud de información presentada ante la Subsecretaría de Economía el 26 de junio de 2018 incluía tanto la memoria como los estados financieros de Colún, pero durante el proceso se evidenció que estos últimos estaban disponibles en la página web de la entidad. Con posterioridad y dado que el organismo público denegó la información sobre la memoria, el solicitante –en representación de la empresa Watt’s según informaciones de medios de comunicación- decidió presentar un amparo ante el Consejo para la Transparencia en septiembre del mismo año.

El documento requerido en este amparo se encuentra en poder de la Subsecretaría de Economía, específicamente en su Departamento de Cooperativas, en cumplimiento de una obligación normativa en el marco de sus acciones de fiscalización, constituyendo incluso una infracción el no envío de la memoria al referido Departamento y al CPLT durante el estudio del caso para el correcto ejercicio de las atribuciones de este órgano creado por la Ley de Transparencia.

La decisión del Consejo indica que podría constituir “una infracción el no envío de aquella al referido Departamento”. Lo anterior dado que la Ley General de Cooperativas, establece que constituirán infracción de las obligaciones establecidas en esta ley, entre ellas denegar la entrega de información al Departamento de Cooperativas cuando estos tengan facultades para solicitarlas.

En la presentación de Colún ante el CPLT, la entidad argumentó que la memoria contiene información que afectaría derechos de terceros y alegó causales de reserva establecidas en la Ley de Transparencia. Esto dado que el documento incluye datos relativos a la participación de sus socios, reparto de resultados, forma de distribuir el resultado, factores de distribución del remanente, valor de la cuota de participación, intereses pagados sobre el capital, entre otros antecedentes.

La decisión fue tomada de manera unánime por el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, integrado por su presidente Marcelo Drago y los consejeros Gloria de la Fuente, Jorge Jaraquemada y Francisco Leturia.


 

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