[Proceso Constituyente] Reconocimiento de lengua de señas en el borrador de Constitución

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El Pleno de la Convención aprobó, además del informe de la Comisión de Principios Constitucionales, la norma que declara a Chile como Estado intercultural y como país oceánico


¿Cuál es la importancia de los principios constitucionales? Son los criterios que deben inspirar y guiar la acción de los poderes del Estado y sus habitantes. Y, precisamente, la comisión que lleva este mismo nombre presentó su informe al Pleno para su votación particular en la Sesión N°69 de la Convención, donde se aprobaron 12 normas, específicamente dos artículos y diez incisos.

De los artículos con luz verde, el que obtuvo una amplia adhesión de 122 votos es el que declara a Chile como país oceánico. Así se establece que “es deber integral del Estado la conservación, preservación y cuidado de los ecosistemas marinos y costeros continentales, insulares y antárticos”.

La siguiente norma que pasó directo al borrador constitucional es el artículo 11, con 118 votos, que trata sobre interculturalidad: “El Estado es intercultural. Reconocerá, valorará y promoverá el diálogo horizontal y transversal entre las diversas cosmovisiones de los pueblos y naciones que conviven en el país con dignidad y respeto recíproco. (…)”.


Diez incisos al borrador

Además, otros cinco artículos avanzaron parcialmente a la siguiente etapa, ya que de ellos se aprobaron diez incisos en total.

Se distingue, entre estos, el que “reconoce la lengua de señas chilena como lengua natural y oficial de las personas sordas, así como sus derechos lingüísticos en todos los ámbitos de la vida social”. Este obtuvo un amplio consenso con 132 votos favorables.

“Esperamos que le pueda abrir paso a un grupo importante de la población que necesita que el Estado se haga cargo de proteger y de garantizar estos derechos”, afirmó la coordinadora Loreto Vallejos.

Asimismo, destacan los 1, 2 y 4 del artículo 9 referidos a la naturaleza. Particularmente, se declara que “la naturaleza tiene derechos y que el Estado y la sociedad tienen el deber de protegerlos y respetarlos. 

“Este artículo es muy importante porque la base de un Estado ecológico está consagrada. Nos parece muy importante decir que la naturaleza tiene derechos. Esa frase, para el movimiento socioambiental, la lucha de tantas décadas para poder proteger la naturaleza a través del derecho, tiene por fin una relevancia constitucional”, expresó Vallejos.

La votación más alta de la jornada la obtuvo el inciso 1 del artículo 15 de Supremacía Constitucional y Legal. Con 137 votos a favor establece que Chile es un Estado fundado en el principio de la supremacía constitucional y el respeto irrestricto a los derechos humanos. Los preceptos de esta Constitución obligan igualmente a toda persona, institución, autoridad o grupo.

Otras materias aprobadas incluyen la Igualdad sustantiva, en tanto garantía de igualdad de trato y oportunidades; las normas sobre Probidad y Transparencia, donde las funciones públicas deberán rendir cuentas en todas sus actuaciones y erradicar la corrupción en todas sus formas.


Vuelven a la comisión para su revisión

El artículo 1, que fue el más comentado en el debate de las y los constituyentes, regresó a la comisión para que sea revisado ya que ninguno de sus 3 incisos obtuvo el quórum.

Esta norma plantea que Chile es un Estado social y democrático de derecho. Su carácter es plurinacional e intercultural y ecológico. Es una República democrática, solidaria y paritaria que reconoce como valores intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza.

 

La coordinadora Lorena Céspedes, sostuvo que “creo que sí hay un consenso bastante grande sobre nuestro Estado social y democrático de derecho. Es una de las premisas que estamos planteando desde un gran grupo de convencionales. Pero los siguientes dos incisos tenían algunos problemas de redacción. Lo sabíamos desde un inicio. Sabemos que vamos a poder consensuar entre todos la mejor forma de expresar ese primer artículo que es central para nuestra constitución”.

En cuanto a los Emblemas Nacionales, el primer inciso, que indica que “son emblemas representativos de Chile la bandera, el escudo y el himno nacional”, fue devuelto a la comisión con 95 votos.  En tanto, la propuesta Sin embargo, el segundo: “Junto a los emblemas nacionales, cada región del país podrá tener una bandera, escudo e himno regional. Las características de estos emblemas serán fijados por cada Gobierno Regional”, fue desechado porque solo alcanzó 52 votos.


 

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