Tras 14 años de tramitación, ayer miércoles se despachó la Ley sobre que establece límites para el ejercicio de los cargos de elección popular
Ayer la Cámara de Diputados despachó para su promulgación la Ley que establece límites para el ejercicio de los cargos para diversas autoridades electas vía votación popular, un proyecto que espero 14 años en el Congreso nacional y que ahora solo espera la firma del presidente para convertirse en Ley de la República.
De esta forma, 38 diputados y 13 senadores en ejercicio no podrán repostularse en las próximas elecciones, pues cumplen con los plazos estipulados en texto legal recién aprobado.
- Francisco Cahuán (RN), 2026
José García Ruminot (RN), 2026
Andrés Allamand (RN), 2022
Víctor Pérez (UDI), 2022
Juan Antonio Coloma (UDI), 2026
Carlos Bianchi (Independiente), 2022
Alejandro Navarro (País Progresista), 2022
Jorge Pizarro (DC), 2022
Ricardo Largos Weber (PPD), 2026
Guido Girardi (PPD), 2022
Jaime Quintana (PPD), 2026
Isabel Allende (PS), 2026
Juan Pablo Letelier (PS), 2022 - Pepe Auth (Independiente)
Pedro Álvarez-Salamanca (UDI)
Ramón Barros (UDI)
Juan Luis Castro (PS)
Fidel Espinoza (PS)
René Manuel García (RN)
Cristina Girardi (PPD)
Rodrigo González (PPD)
Hugo Gutiérrez (PC)
Javier Hernández (UDI)
María José Hoffmann (UDI)
Carlos Jarpa (PR)
Tucapel Jiménez (PPD)
Issa Kort (UDI)
Pablo Lorenzini (DC)
Javier Macaya (UDI)
Patricio Melero (UDI)
Fernando Meza (PR)
Manuel Monsalve (PS)
Celso Morales (UDI)
Iván Norambuena (UDI)
José Miguel Ortiz (DC)
José Pérez (PR)
Leopoldo Pérez (RN)
Jorge Sabag (DC)
Marcela Sabat (RN)
René Saffirio (Independiente)
Alejandro Santana (RN)
Marcelo Schilling (PS)
Alejandra Sepúlveda (FRVS)
Gabriel Silber (DC)
Guilliermo Teillier (PC)
Víctor Torres (DC)
Ignacio Urrutia (Partido Republicano)
Enrique Van Rysselberghe (UDI)
Mario Venegas (DC)
Matías Walker (DC)
La ley establece que en el caso de los diputados podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos; mientras que los senadores podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo por un período. Para estos efectos, se entenderá que los diputados y senadores han ejercido su cargo durante un período cuando han cumplido más de la mitad de su mandato.
En tanto, los consejeros regionales -cuyo período es de 4 años- podrán ser reelectos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos. En tanto, los alcaldes y concejales pueden ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos mandatos.